Trabajadores independientes tienen hasta el 11 de noviembre para solicitar condonación de deudas con la CCSS

Trabajadores independientes tienen hasta el 11 de noviembre para solicitar condonación de deudas con la CCSS

Borrón y Cuenta Nueva insta a las personas trabajadoras independientes en condición de morosidad a gestionar el beneficio antes de que venza el plazo legal.

La medida permite solicitar la condonación de multas, intereses, recargos y determinados cobros por servicios médicos, de acuerdo con los requisitos establecidos.

Las personas trabajadoras independientes que mantienen deudas con la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) tienen hasta el 11 de noviembre de 2026 para presentar su solicitud de condonación y acogerse a los beneficios previstos en la legislación vigente.

Ante la proximidad de esa fecha, la asociación Borrón y Cuenta Nueva hace un llamado a quienes se encuentran en condición de morosidad para que se presenten ante la CCSS, consulten su situación particular y realicen los trámites correspondientes. Una vez vencido el plazo, se perderá la oportunidad de presentar nuevas solicitudes al amparo de esta medida, según las condiciones del régimen vigente.

“Este es el momento de actuar. No podemos dejar pasar una oportunidad que costó años de lucha y gestión. Hubo que insistir, acudir a distintas instancias y ejercer presión para que se aprobara la legislación.  Invitamos a los trabajadores independientes que tienen deudas con la Caja a que se acerquen, consulten su caso y formalicen el trámite antes del 11 de noviembre. Después de esa fecha, ya no tendrán esta posibilidad de acogerse a la condonación”, señaló Joseph Thompson, representante de la Asociación Borrón y Cuenta Nueva.

La iniciativa se fundamenta en la Ley N.° 10.232, de autorización de condonación para la formalización y recaudación de las cargas sociales, y sus reformas, incluidas las leyes N.° 10.432 y N.° 10.604, que ampliaron los plazos para acceder a este mecanismo.  La Ley N.° 10.604 incorporó las facturas por servicios médicos entre los conceptos que pueden acogerse a la condonación, sujeto a los requisitos reglamentarios.

El beneficio contempla, según corresponda y conforme a la normativa, la condonación de multas, recargos e intereses asociados a las obligaciones con la CCSS. También puede comprender determinadas facturas por servicios médicos. La aplicación depende de los períodos adeudados, la naturaleza de los cobros y los requisitos establecidos; no significa que se elimine automáticamente la totalidad de la deuda.

Sobre facturas de servicios médicos

La Ley N.° 10.604 incorporó expresamente las facturas por servicios médicos dentro de los conceptos que pueden acogerse a la condonación. El reglamento de la CCSS las define como los cobros por prestaciones del Seguro de Salud brindadas a una persona asegurada cuando existe morosidad en el pago de las cuotas; en el caso de trabajadores independientes, la aplicación depende de las condiciones previstas en la normativa.

El reglamento excluye, entre otros conceptos, determinadas facturas por servicios brindados a personas que no estaban aseguradas, prestaciones en dinero, gastos administrativos, costas procesales y honorarios. Además, la condonación se aplica a los períodos que cumplen el requisito de antigüedad establecido y exige presentar la solicitud ante la CCSS, así como pagar las cuotas correspondientes o formalizar un convenio de pago, según el caso.

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