Hacienda podría tener dinero a su favor: Más de ₡1,1 billones pertenecen a contribuyentes

Hacienda podría tener dinero a su favor: Más de ₡1,1 billones pertenecen a contribuyentes

La entrada en operación de TRIBU-CR dejó al descubierto una cifra de mucho interés para los contribuyentes: existen 1.117.898 millones de colones en saldos a favor habilitados para ser utilizados.

Jueves 24 de setiembre, 2026. San José, Costa Rica — La migración que se hizo al sistema TRIBU-CR el año pasado, dejó registrada una cifra que debería llamar la atención de personas y empresas: ₡1,1 billones en saldos a favor de contribuyentes.

Dicho monto se basa en créditos originados por impuestos pagados en exceso, retenciones, anticipos u otros pagos que pueden utilizarse para compensar obligaciones tributarias y, cuando corresponda, solicitar su devolución.

Para Raymundo Volio, abogado experto en tributación de Volio Law, los contribuyentes no deberían asumir que un saldo a favor es simplemente un dato contable que queda dentro de TRIBU-CR y que es importante revisar la cuenta tributaria, determinar de dónde proviene ese crédito y conocer si puede utilizarse para compensar otras obligaciones o si corresponde solicitar su devolución.

En este contexto, el tema cobra especial relevancia a raíz de lo ocurrido recientemente con plataformas como Booking y otros servicios transfronterizos (que pasaron de ser 161 a 181) han comenzado a generar dudas entre los consumidores sobre el IVA que se les cobra y las posibilidades de recuperar ese dinero en determinadas circunstancias. 

De este modo, cuando el IVA se cobra sobre un servicio que se disfruta fuera de Costa Rica, el contribuyente tiene derecho a solicitar la devolución, siempre y cuando cumpla con los requisitos y presente la documentación correspondiente. 

¿Cómo saber si usted tiene dinero a favor? 

Según explica Volio, el primer paso es ingresar a TRIBU-CR y revisar la cuenta tributaria, donde pueden aparecer créditos o saldos disponibles asociados a pagos realizados. Si existe un saldo a favor, el contribuyente debe verificar su origen, confirmar que esté habilitado y determinar si puede aplicarlo contra otras obligaciones o iniciar un trámite de devolución ante la Administración Tributaria, en OVI, mediante el formulario D-402.

“Son frecuentes los casos de solicitudes de devolución de IVA; de hecho, Hacienda tiene partidas presupuestarias destinadas específicamente para este propósito. Por eso, esas devoluciones cuando están bien fundamentadas se aprueban en un término inferior de 3 meses”, detalla el experto.

Aunque el procedimiento resulta expedito, Volio agrega que al tratarse de un trámite regulado expresamente en la ley, en el supuesto de que Tributación lo deniegue, podrá impugnarse ante el Tribunal Fiscal Administrativo que en definitiva decidirá en sede administrativa esta cuestión. 

El llamado para los contribuyentes es a no revisar únicamente cuánto deben, sino también cuánto tienen a su favor. En un sistema tributario cada vez más digitalizado, consultar periódicamente la situación fiscal puede permitir detectar créditos que podrían representar un beneficio económico para el propio contribuyente.

Scroll al inicio