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•Dentro de las tácticas más comunes para ausentarse del trabajo sin justificación se encuentran las ausencias sin previo aviso, incapacidades alteradas y dictámenes médicos sospechosos
•BDS Asesores recomienda que los patronos tengan bien definidas sus políticas sobre la justificación de ausencias, así como las consecuencias de las ausencias injustificadas, y las comuniquen de forma oportuna a sus colaboradores
San José, Costa Rica.- En los últimos años, con el objetivo de reactivar la economía, se ha generado la práctica del traslado de feriados para el lunes con el fin de generar un “fin de semana largo”. No obstante, en el caso de los feriados como el 15 de agosto o el pasado 25 de julio se dispuso el celebrarlos los jueves, como indica el calendario, por lo cual resulta tentador para muchos trabajadores ausentarse el viernes para así obtener más días de descanso y disfrutar de un fin de semana largo.
Gabriel Carvajal Salas, abogado especialista en derecho laboral de BDS Asesores, comenta que las tácticas más comunes utilizadas por los trabajadores para ausentarse del trabajo de manera irregular son las ausencias sin previo aviso, incapacidades alteradas y dictámenes médicos sospechosos.
Ante esto, Carvajal destaca la importancia que tanto empleadores como empleados comprendan las implicaciones de las ausencias injustificadas y las medidas que pueden tomar para evitar conflictos laborales. “La correcta gestión de las ausencias no solo facilita una mejor relación laboral, sino que también asegura el cumplimiento de las normativas vigentes”, manifestó Carvajal.
A continuación, las principales implicaciones de las estrategias más comunes que utilizan los empleados para ausentarse del trabajo:
- Ausentarse a trabajar sin previo aviso: todo trabajador que se ausenta a su jornada de trabajo debe presentar un documento que justifique su ausencia. Dentro de los documentos idóneos para este fin, se encuentran las incapacidades médicas, o bien, algún comprobante que certifique que la persona se encontraba atendiendo una diligencia judicial.
En caso de que el trabajador no justifique su ausencia, el patrono podrá amonestar por incumplimiento de la obligación de laborar en la forma, tiempo y lugar pactado. Incluso, de acuerdo con las últimas tendencias jurisprudenciales, si el trabajador decide ausentarse dos días hábiles consecutivos, es decir, faltar viernes y lunes, teniendo sábado y domingo no hábiles de por medio, podría caber el despido sin responsabilidad, basado en el artículo 81, inciso g) del Código de Trabajo.
- Ausentarse y presentar una incapacidad alterada: existen casos donde un trabajador se ausenta y presenta, luego, como justificación, una incapacidad donde se puede ver claramente que uno de los números se encuentra sobrepintado, o bien, que tiene un número que fue hecho con un lapicero de un tono de color distinto. La sospecha crece cuando se revisa el número de boleta en el sistema de la CCSS y la información no coincide.
Ese tipo de casos podría justificar un despido sin responsabilidad patronal por pérdida objetiva de confianza, siempre que se logre demostrar la falta cometida por el trabajador y no una mera sospecha. Ante esto, Carvajal sugiere que los patronos contacten al centro de salud que emitió la incapacidad, adjuntando el documento, para que sea este el que señale si el mismo fue alterado o no. “De esta manera, se contaría con insumos suficientes para demostrar que el trabajador tenía conocimiento de que el documento de incapacidad no le cubría para el día de la ausencia y a pesar de eso, presentó a su patrono un documento alterado”, explicó el experto.
- Presentar un dictamen médico sospechoso: Carvajal detalla que cada vez es más común escuchar de trabajadores que están presentando dictámenes médicos “sospechosos”, ya sea porque un mismo doctor emitió el dictamen para una persona en San José y minutos después emite otro dictamen para otra persona que se encuentra en Jacó, o bien, un médico neurólogo emite un dictamen por un malestar estomacal.
Respecto de los dictámenes de médico privado es importante señalar que los mismos se consideran recomendaciones de reposo, que, si bien podrían justificar las ausencias, no constituyen una incapacidad.
De ahí que el patrono pueda establecer dentro de sus políticas la obligatoriedad de convalidar dichos dictámenes, para lo cual el trabajador cuenta por lo general con un día hábil para hacerlo. En caso contrario, podría estar sujeto a acciones disciplinarias por incumplimiento de procedimientos.
- Por último, Carvajal resaltó la importancia de que los patronos definan y comuniquen las políticas sobre la justificación de ausencias y la debida presentación de los documentos a sus empleados. Asimismo, recomendó a los empleadores validar la autenticidad de las incapacidades y dictámenes; comunicar de manera transparente a sus subordinados las consecuencias de las ausencias injustificadas, y, en caso de no saber cómo proceder, lo más recomendable es asesorarse con su especialista laboral de confianza.