Acogen recurso para la protección del tiburón martillo

Acogen recurso para la protección del tiburón martillo

La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia acogió el pasado 1º de agosto, el recurso interpuesto por el abogado ambientalista Wálter Brenes, contra el Ministerio de Ambiente y Energía para que se le brinde la protección necesaria al tiburón martillo en el Santuario del Golfo Dulce.

De acuerdo con la denuncia presentada por Brenes, el pasado 18 de julio, y que fue acogida por la Sala Cuarta, a pesar de las medidas existentes, la pesca de otras especies permite la captura incidental del tiburón martillo, lo que hace que las vedas temporales o las prohibiciones actuales no sean suficientes para su preservación efectiva.

Ello se ha evidenciado incluso en testimonios que confirman que la pesca incidental ocurre y que las embarcaciones pueden capturar tiburones martillo vivos, alegando que llegaron muertos al barco para evitar su retorno a las aguas, haciendo la medida ineficaz.

Con base en los alegatos expuestos, la Sala Constitucional estima que, con las actuaciones acusadas, se están vulnerando derechos fundamentales. Por lo anterior, declaró con lugar el recurso con las consecuencias de ley. El informe deberá rendirse dentro de los tres días hábiles.

Brenes recordó que la Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia, mediante voto 000912-F-S1-2023, dispuso expresamente que se ordenara al Sistema Nacional de Áreas de Conservación, al Instituto Costarricense de Pesca y Acuicultura y al Estado, que emitieran los actos administrativos necesarios e indispensables para erradicar la extracción del tiburón martillo de las aguas nacionales, prohibiendo su captura incluso de modo incidental, y ejerciendo las autoridades los controles necesarios en aguas territoriales, tierra y puertos, sin embargo no se ha hecho nada al respecto.

Al presentar el recurso que ahora fue acogido por la Sala Cuarta, Brenes mencionó que en el 2023, él hizo una petición ante el Ministerio de Ambiente y Energía y la Presidencia de la República de Costa Rica, para que se reformara del Decreto Ejecutivo 41506-MINAE, específicamente su artículo 2 y se incorporara la prohibición absoluta de la pesca incidental del tiburón martillo en el Santuario del Tiburón Martillo Golfo Dulce.

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