Solicitan declarar “El Tirol” de interés para el paisaje y monumento natural

Solicitan declarar “El Tirol” de interés para el paisaje y monumento natural

El abogado y activista Wálter Brenes solicitó al Concejo Municipal de San Rafael de Heredia, que declare a “El Tirol” de interés cantonal para el paisaje y que se instruya al Alcalde para que inicie con el procedimiento ante el Ministerio de Ambiente y Energía, para declarar esa zona como Monumento Natural.

La idea de solicitar esa declaratoria, es evitar que prosperen algunas iniciativas que procuran, por todos los medios, que se talen esos árboles tan característicos de “El Tirol”, como un recurso que, afortunadamente, fue declarado sin lugar por la Sala Cuarta el pasado 6 de junio.

Para respaldar su petición, Brenes presentó el estudio “Dictamen Paisajístico. Vía de los Cipreses, San Rafael de Heredia” elaborado por los arquitectos Guido Muñoz Solano, Carlos Jankilevich y Mario Masis Segura.

Además, planteó la posibilidad de implementar un modelo de gobernanza participativa, contemplando un programa de mantenimiento y manejo de árboles, estableciendo una zonificación para conservación y protocolo de manejo técnico; acciones dirigidas a proteger el patrimonio paisajístico, de un valor excepcional.

Para Brenes es necesario considerar la urgencia en la realización de la declaratoria solicitada, considerando la resolución número 2025017078 del 6 de junio anterior, emitida por la Sala Constitucional y los indicadores de vulnerabilidad mostrados en el estudio de los arquitectos, los cuales demuestran que el corredor se encuentra en un punto crítico de inflexión, por falta de medidas de protección inmediata, conllevando la pérdida irreversible del patrimonio paisajístico en un plazo de 5 a 10 años.

Según se establece en el artículo 33 de la Ley Orgánica del Ambiente, “Artículo 33.- Monumentos naturales. Se crean los monumentos naturales como áreas que contengan uno o varios elementos naturales de importancia nacional. Consistirán en lugares u objetos naturales que, por su carácter único o excepcional, su belleza escénica, o su valor científico, se resuelva incorporarlos a un régimen de protección. Los monumentos naturales serán creados por el Ministerio del Ambiente y Energía y administrados por las municipalidades respectivas”.

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