Sala Cuarta ordena elaboración de un plan de manejo para el Humedal Marino de Playa Blanca, en Punta Leona

Sala Cuarta ordena elaboración de un plan de manejo para el Humedal Marino de Playa Blanca, en Punta Leona

La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, conocida como Sala Cuarta ordenó, el pasado 27 de agosto, al Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE) y al Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC) emitir un Plan General de Manejo del Humedal Marino de Playa Blanca, declarado como área silvestre protegida por parte del Poder Ejecutivo mediante Decreto Ejecutivo 23127-MIRENEM, del 07 de abril de 1994.

El voto de la Sala se dio a raíz del recurso de amparo interpuesto por el abogado ambientalista Wálter Brenes, en julio pasado, contra el MINAE y el SINAC, quien señaló que en 32 años, desde la creación del humedal, no se ha eleborado el respectivo plan de manejo.

Tal omisión causa una peligrosa afectación ambiental pues dicho plan constituye el instrumento técnico que permite establecer la ruta de gestión del área protegida, actualizar su línea base biológica, geográfica y socioambiental, identificar amenazas, determinar la zonificación y los usos compatibles y formular programas de vigilancia, restauración, monitoreo y participación ciudadana.

Las propias autoridades recurridas reconocen que ese instrumento resulta necesario para ordenar y fortalecer la administración del humedal, definir sus objetivos y elementos focales de manejo, orientar el monitoreo ecológico y establecer las acciones requeridas para conservar su biodiversidad.

En la sentencia de este 27 de agosto, la Sala Cuarta ordena a Mónica Navarro Del Valle, en su condición de Ministra de Ambiente y Energía, y a Fabián Andrés Sánchez Dorado, Director Ejecutivo del Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC) para que en el plazo de doce meses se emita el Plan General de Manejo del Humedal Marino de Playa Blanca, declarado como área silvestre protegida por parte del Poder Ejecutivo.

De acuerdo con Wálter Brenes, este voto de la Sala Constitucional toma como antecedente de importancia el voto de esa misma Sala, que se asociaba con la ausencia de un Plan General de Manejo para el Parque Nacional Isla del Coco y para el Área Marina del Bicentenario. Este es un precedente importantísimo porque, después de tres décadas, sin que exista un plan para el Humedal Marino Playa Blanca, la Sala ordena que tiene que elaborarse en un plazo mínimo de doce meses y a la vez establece un cronograma para su cumplimiento.

“Esperamos que, en razón de esta acción, las autoridades también tomen conciencia de que el Humedal Marino de Playa Blanca se encuentra en riesgo, por el incremento de la visitación que se ha venido dando desde que se dio la apertura ilimitada del acceso a la playa por parte del Alcalde de Garabito. A raíz de esa acción el perjuicio y los daños a este ecosistema han aumentado, de ahí la importancia de este voto que marca un hito en la lucha por la protección del Humedal Marino de Playa Blanca”.

El Humedal Marino Playa Blanca fue creado mediante el Decreto Ejecutivo N.° 23127- MIRENEM, del 7 de abril de 1994, y su administración corresponde al SINAC. En consecuencia, es esta la institución competente para orientar su protección, administración y manejo. Este es único humedal marino en el Área de Conservación del Pacífico Central. Alberga especies marinas cruciales, incluyendo el pez loro que contribuye a la creación de la arena blanca. Este parque apoya actividades vitales de monitoreo, educación e investigación. Aquí, se realizan actividades de monitoreo, educación ambiental y colaboran con universidades para estudiar y conservar su riqueza biológica, que es de suma importancia para el Golfo de Nicoya.

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